Esta simple macro permite realizar filtros personalizados de una forma sencilla.
B4. Es la celda donde vas a capturar el dato a filtrar.
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criterio = [B4]
Selection.AutoFilter Field:=2, Criteria1:=criterio
End Sub
lunes, 7 de agosto de 2017
Macro para filtro automático
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CP. Roberto Baeza M.
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martes, 10 de septiembre de 2013
Propuesta Reforma Fiscal 2014
Resumen de la propuesta de Reformas Fiscales 2014 emitida por el ejecutivo federal y sus posibles efectos:
Impuesto al Valor Agregado
1.- Eliminar de la tasa de IVA fronteriza al 11%, generalizarla al 16% en todo el país. (Aumento del 5% de los precios en regiones fronterizas).
2.- Eliminar de la exención de IVA en la compra, renta y pagos de hipoteca de casa habitación. (Aumento del 16% en los precios de venta y renta de casas habitación).
3.- Eliminar la exención de IVA en el servicio de transporte público foráneo de pasajeros. (Aumento del 16% en los precios en Mayab y ADO).
4.- Eliminar la exención de IVA a los servicios de enseñanza. (Aumento 16% en el precio de las colegiaturas).
5.- Eliminar la exención de IVA en espectáculos públicos (excepto circo y teatro). (Aumento 16% en boletos de conciertos).
6.- Gravar las importaciones temporales IMMEX.
7.- Eliminar la tasa 0% para servicios de hotelería a turistas extranjeros que ingresan al país para participar en congresos, etc.
8.- Eliminar la tasa 0% para chicles y alimentos para mascotas. (Aumento del 16% en la compra de estos productos).
9.- Eliminar la tasa 0% en la compra de mascotas. (Aumento del 16% en la compra de estos productos).
10.- Eliminar tasa 0% en la compra venta de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas y lingotes.(Aumento del 16% en estos productos).
Impuesto sobre la Renta.
1.- Eliminar la deducción inmediata de adquisición de bienes nuevos de activo fijo. (Restricción de facilidades fiscales).
2.- Deducir vales de despensa solo a través de monederos electrónicos. (Restricción de facilidades fiscales).
3.- Tope para deducir previsión social otorgada a los trabajadores hasta 41% (Restricción de facilidades fiscales).
4.- No deducibles las cuotas obreras pagadas por el patrón. (Restricción de facilidades fiscales).
5.- Disminuir el tope de deducción en automóviles nuevos, de $175,000 a $130,000 (sin incluir el IVA). (Restricción de facilidades fiscales).
6.- Disminuir el tope de deducción en renta de autos, de $250.00 a $200.00 diarios. (Restricción de facilidades fiscales).
7.- Eliminar la deducción de gastos de consumos en restaurantes. (Restricción de facilidades fiscales).
8.- Eliminar el Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción y el Régimen inmobiliario de Bienes Raíces, incorporándose sus contribuyentes al Régimen General de Personas Morales. (Restricción de facilidades fiscales).
9.- Eliminar el Régimen Simplificado (sector primario) quedando únicamente el régimen general (incluye la eliminación de todos sus estímulos). (Restricción de facilidades fiscales).
10.- Gravar un 10% adicional los dividendos. (Aumento de impuestos).
11.- Homologar la base de ISR y PTU. (Disminuiría la base de PTU y por consiguiente el reparto entre los trabajadores sería menor).
12.- Eliminar el régimen de consolidación fiscal.
13.- Agregar un nuevo renglón a la tarifa de ISR para personas físicas para que las PF que ganen más de $500,000.00 anuales paguen un 32% de ISR en lugar del 30%.
14.- Tope de las deducciones personales para personas físicas al 10% de su ingreso anual o hasta $47,274.80 aproximadamente, el que resulte menor. (Restricción de facilidades fiscales).
15.- Pagar las deducciones personales a través del sistema financiero. Eliminar el método de pago en efectivo actual.(Restricción de facilidades fiscales).
16.- Disminuir la exención de ISR en la compraventa de casas habitación de 7.4 mdp a 1.2 mdp. (Restricción de facilidades fiscales).
17.- Crear el Régimen de Incorporación, desapareciendo el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) y el Régimen intermedio con las siguientes características:
Subsidio para el empleo.
1.- Reorientarlo a cubrir las cuotas obreras IMSS hasta por 2 salarios mínimos
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
1.- Gravar las importaciones temporales IMMEX.
2.- Impuesto de 1 peso por litro de bebidas saborizadas y energetizantes (incluye polvos, jarabes, esencias en su proporción). (Aumento de impuestos).
Impuesto a los Combustibles Fósiles (Nuevo).
1.- Pagar impuesto por compra de gas butano. $12.86 centavos por litro. (Aumento de impuestos).
2.- Pagar impuesto en la compra de gasolinas. $16.21 centavos por litro. (Aumento de impuestos).
3.- Pagar impuesto por compra de Diesel. $19.17 centavos por litro. (Aumento de impuestos).
Impuesto a los Plaguicidas (Nuevo).
1.- Tasas del 9, 7 y 6% de acuerdo a su toxicidad. (Aumento de impuestos).
Código Fiscal de la Federación.
1.- El domicilio fiscal podrá ser aquel que el contribuyente le haya manifestado a las entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
2.- Delito fiscal para quien modifique, altere, destruya o provoque pérdida de la información que contenga el buzón tributario con el objeto de obtener un beneficio propio o en perjuicio del fisco federal, o bien se ingrese de manera no autorizada.
3.- Atención y requerimiento de devoluciones de impuestos por medio del buzón tributario.
4.- Obligación de RFC para abrir una cuenta bancaria.
5.- Diez días hábiles para cambio de domicilio y no procede si no aparece como localizado en su domicilio anterior.
6.- Eliminar la declaración anual de clientes y proveedores.
7.- Crear de un sistema electrónico estándar para la entrega de la información contable.
8.- CFDI para todos los contribuyentes.
9.- Eliminar el dictamen fiscal.
10.- Embargar a puestos fijos o semifijos en la vía pública cuando no se encuentren inscritos en el RFC.
11.- Revisión de gabinete por buzón tributario.
12.- Embargar a quienes se nieguen a proporcionar información de terceros (compulsa).
13.- Solo tendrán derecho al secreto fiscal quienes cumplan con sus obligaciones fiscales.
14.- Notificaciones en el buzón tributario.
Impuesto Empresarial a Tasa Única.
Derogar.
Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
Derogar.
Ley de Ingresos de la Federación
1.- Ingresos estimados para el ejercicio fiscal 2014.
Impuesto al Valor Agregado
1.- Eliminar de la tasa de IVA fronteriza al 11%, generalizarla al 16% en todo el país. (Aumento del 5% de los precios en regiones fronterizas).
2.- Eliminar de la exención de IVA en la compra, renta y pagos de hipoteca de casa habitación. (Aumento del 16% en los precios de venta y renta de casas habitación).
3.- Eliminar la exención de IVA en el servicio de transporte público foráneo de pasajeros. (Aumento del 16% en los precios en Mayab y ADO).
4.- Eliminar la exención de IVA a los servicios de enseñanza. (Aumento 16% en el precio de las colegiaturas).
5.- Eliminar la exención de IVA en espectáculos públicos (excepto circo y teatro). (Aumento 16% en boletos de conciertos).
6.- Gravar las importaciones temporales IMMEX.
7.- Eliminar la tasa 0% para servicios de hotelería a turistas extranjeros que ingresan al país para participar en congresos, etc.
8.- Eliminar la tasa 0% para chicles y alimentos para mascotas. (Aumento del 16% en la compra de estos productos).
9.- Eliminar la tasa 0% en la compra de mascotas. (Aumento del 16% en la compra de estos productos).
10.- Eliminar tasa 0% en la compra venta de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas y lingotes.(Aumento del 16% en estos productos).
Impuesto sobre la Renta.
1.- Eliminar la deducción inmediata de adquisición de bienes nuevos de activo fijo. (Restricción de facilidades fiscales).
2.- Deducir vales de despensa solo a través de monederos electrónicos. (Restricción de facilidades fiscales).
3.- Tope para deducir previsión social otorgada a los trabajadores hasta 41% (Restricción de facilidades fiscales).
4.- No deducibles las cuotas obreras pagadas por el patrón. (Restricción de facilidades fiscales).
5.- Disminuir el tope de deducción en automóviles nuevos, de $175,000 a $130,000 (sin incluir el IVA). (Restricción de facilidades fiscales).
6.- Disminuir el tope de deducción en renta de autos, de $250.00 a $200.00 diarios. (Restricción de facilidades fiscales).
7.- Eliminar la deducción de gastos de consumos en restaurantes. (Restricción de facilidades fiscales).
8.- Eliminar el Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción y el Régimen inmobiliario de Bienes Raíces, incorporándose sus contribuyentes al Régimen General de Personas Morales. (Restricción de facilidades fiscales).
9.- Eliminar el Régimen Simplificado (sector primario) quedando únicamente el régimen general (incluye la eliminación de todos sus estímulos). (Restricción de facilidades fiscales).
10.- Gravar un 10% adicional los dividendos. (Aumento de impuestos).
11.- Homologar la base de ISR y PTU. (Disminuiría la base de PTU y por consiguiente el reparto entre los trabajadores sería menor).
12.- Eliminar el régimen de consolidación fiscal.
13.- Agregar un nuevo renglón a la tarifa de ISR para personas físicas para que las PF que ganen más de $500,000.00 anuales paguen un 32% de ISR en lugar del 30%.
14.- Tope de las deducciones personales para personas físicas al 10% de su ingreso anual o hasta $47,274.80 aproximadamente, el que resulte menor. (Restricción de facilidades fiscales).
15.- Pagar las deducciones personales a través del sistema financiero. Eliminar el método de pago en efectivo actual.(Restricción de facilidades fiscales).
16.- Disminuir la exención de ISR en la compraventa de casas habitación de 7.4 mdp a 1.2 mdp. (Restricción de facilidades fiscales).
17.- Crear el Régimen de Incorporación, desapareciendo el Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) y el Régimen intermedio con las siguientes características:
- Para contribuyentes con ingresos de hasta $1,000,000.00
- Actividad empresarial y servicios que no requieren título profesional.
- Declaraciones de impuestos bimestrales.
- Flujo de efectivo.
- Descuento de ISR 100% durante el primer año.
- Facturación electrónica.
- Tratamiento especial en caso de que tengan personal.
Subsidio para el empleo.
1.- Reorientarlo a cubrir las cuotas obreras IMSS hasta por 2 salarios mínimos
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
1.- Gravar las importaciones temporales IMMEX.
2.- Impuesto de 1 peso por litro de bebidas saborizadas y energetizantes (incluye polvos, jarabes, esencias en su proporción). (Aumento de impuestos).
Impuesto a los Combustibles Fósiles (Nuevo).
1.- Pagar impuesto por compra de gas butano. $12.86 centavos por litro. (Aumento de impuestos).
2.- Pagar impuesto en la compra de gasolinas. $16.21 centavos por litro. (Aumento de impuestos).
3.- Pagar impuesto por compra de Diesel. $19.17 centavos por litro. (Aumento de impuestos).
Impuesto a los Plaguicidas (Nuevo).
1.- Tasas del 9, 7 y 6% de acuerdo a su toxicidad. (Aumento de impuestos).
Código Fiscal de la Federación.
1.- El domicilio fiscal podrá ser aquel que el contribuyente le haya manifestado a las entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
2.- Delito fiscal para quien modifique, altere, destruya o provoque pérdida de la información que contenga el buzón tributario con el objeto de obtener un beneficio propio o en perjuicio del fisco federal, o bien se ingrese de manera no autorizada.
3.- Atención y requerimiento de devoluciones de impuestos por medio del buzón tributario.
4.- Obligación de RFC para abrir una cuenta bancaria.
5.- Diez días hábiles para cambio de domicilio y no procede si no aparece como localizado en su domicilio anterior.
6.- Eliminar la declaración anual de clientes y proveedores.
7.- Crear de un sistema electrónico estándar para la entrega de la información contable.
8.- CFDI para todos los contribuyentes.
9.- Eliminar el dictamen fiscal.
10.- Embargar a puestos fijos o semifijos en la vía pública cuando no se encuentren inscritos en el RFC.
11.- Revisión de gabinete por buzón tributario.
12.- Embargar a quienes se nieguen a proporcionar información de terceros (compulsa).
13.- Solo tendrán derecho al secreto fiscal quienes cumplan con sus obligaciones fiscales.
14.- Notificaciones en el buzón tributario.
Impuesto Empresarial a Tasa Única.
Derogar.
Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
Derogar.
Ley de Ingresos de la Federación
1.- Ingresos estimados para el ejercicio fiscal 2014.
- $4,479,954,200,000.00
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sábado, 22 de diciembre de 2012
Salarios mínimos 2013
Se
publicaron ayer 21 de Diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos salarios
mínimos para el año 2013 con un aumento promedio del 3.9% de acuerdo a lo
siguiente:
Estado
|
Zona
|
Salario mínimo
|
Aumento anual
|
Quintana Roo
|
B
|
$61.38
|
$2.30
|
Sin
embargo la realidad es otra. No existe trabajador que se alegre por esta
noticia, por el contrario, es susceptible a un desánimo al ver
la falta de apoyo y reconocimiento a su trabajo. He aquí alguna de las razones
por las que considero que el trabajador tiene una justa razón para
inconformarse con este aumento.
Por lo
visto esta norma se les ha olvidado a nuestros gobernantes. Da tristeza ver
como discuten y debaten sobre otros temas sin recordar a más de seis millones
de mexicanos que votaron por ellos y que apenas sobreviven con el sueldo que
actualmente reciben.
Inequitativo.
El
salario mínimo es la cantidad menor que debe de recibir en efectivo un
trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo. Sin embargo,
la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos no define quienes están sujetos a
un salario mínimo, por lo que cualquiera puede caer en ese supuesto, generando
inequidad entre quienes deben o no recibirlo.
Esta
incertidumbre se resolvería creando un tabulador universal de sueldos en base a
los puestos y capacidades existentes en México e irse actualizando anualmente.
Por otra
parte en nuestro país son menos del 10% los asalariados que tienen remuneraciones
muy altas y más del 50% los que ganan apenas para vivir al día. Un ejemplo es el
sueldo diario de un senador de la república que es equivalente a 147 veces el
salario mínimo, sin incluir más de 15 percepciones adicionales, las cuales por
supuesto no tiene un obrero común.
Tampoco
se ha podido justificar el abismo entre los sueldos obreros y los burocráticos,
aun cuando ambos tienen las mismas capacidades, sin embargo muchos beneficios
son exclusivos de los funcionarios de gobierno.
Aclaro
que no estoy en contra de los trabajadores gubernamentales; lo que expongo es la
necesidad de una verdadera reforma integral a la Ley Federal del Trabajo en
donde sean homogéneos tanto los derechos como los deberes laborales independientemente
del lugar donde se desempeñen.
Desproporcional.
Un
análisis de la UNAM publicado el 7 de mayo de 2012 afirma que un trabajador que
gana el salario mínimo en México genera el valor de su sueldo con solo laborar
9 minutos, lo que da como consecuencia que la diferencia (7 horas con 51
minutos ) sea en beneficio del gobierno y las empresas. Entonces ¿por qué no
pagar el precio justo por el trabajo que desempeñan nuestros empleados?
Asimismo
observamos que de muy poco sirven 2 pesos diarios más al sueldo mínimo cuando
el precio de la gasolina sube cada mes provocando una alza generalizada de
precios. En resumen el salario mínimo ha perdido su poder adquisitivo en los
últimos 6 años más de un 25%.
También
es de observarse que la obligatoriedad del aumento, únicamente es para quienes
ganan el salario mínimo, olvidándose de los demás trabajadores, los cuales
seguramente no tendrán beneficios (excepto la rama de la construcción).
La lista
de salarios mínimos de profesiones, oficios y trabajos especiales sigue siendo un
tabulador incompleto, genérico, ambiguo, desproporcional y por lo mismo se le
da poca importancia.
Insalubre.
El mismo
estudio de la UNAM añade que el salario mínimo tampoco cumple con las
expectativas de una vida familiar sana. En su investigación determinan que un salario
mínimo que realmente pueda proporcionar un nivel de vida digno e integral a una
familia de 4 personas (dos adultos y dos jóvenes) debe ser de 183.59 pesos
diarios, sin considerar gastos de vivienda, salud, transporte, educación, entre
otros rubros.
No nos
extrañe entonces que el 30% de nuestra población sufra de obesidad, incluidos más
de 4 millones de infantes, lo cual es el resultado de una mala alimentación
producto de un salario que no alcanza para poder alimentar como se debe a
nuestros hijos.
Incompetente.
Los
salarios mínimos de nuestro país tampoco están a la altura de los demás países,
siendo uno de los más pobres de América Latina, quedando por debajo de países como
Argentina, Brasil, Perú y Venezuela.
De
acuerdo al Banco Mundial, el salario mínimo de Argentina casi triplica al
mexicano, el de Brasil y Venezuela lo duplican. Asimismo el organismo apunta
que la implantación de salarios mínimos bajos puede generar mayor pobreza y
desigualdad en los habitantes de un país.
Conclusión.
Una vez
más nuestra realidad económica nos obliga a reflexionar acerca de las leyes que
nos rigen; quienes y porque nos gobiernan de esa forma. En lo futuro, además de
las gorras y las playeras, también deberemos exigir explicaciones y compromisos,
así como una retribución justa por el trabajo que realizamos.
Felices
fiestas.
C.P. Roberto Baeza Martínez.
Ced. Prof. 5870534
Tel. 983.267.1484, Cel. 983.102.2636
Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo.
P.D. Si alguien esta interesado en la publicación de un tema de interés puede solicitarlo a este correo o por medio del portal http://roberbaeza.blogspot.mx/
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CP. Roberto Baeza M.
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viernes, 14 de diciembre de 2012
REPECOS... HASTA DONDE... HASTA CUANDO...
El Régimen de Pequeños Contribuyentes, es el sistema fiscal enfocado a empresarios de baja capacidad económica y administrativa y que por lo tanto tienen el mínimo de obligaciones fiscales con el fin de simplificar su operación y permitir su crecimiento.
A continuación hago un resumen de forma general de estos contribuyentes:
Quienes pueden tributar en este régimen:
Quienes no pueden tributar en este régimen:
Ventajas:
Desventajas.
Obligaciones.
Tabla de cuota fija.
Fechas de pago.
Recomendaciones.
En resumen este régimen fiscal es relativamente accesible y con muchas facilidades. Te recomendamos lector, llamarnos para proporcionarte una asesoría legal y fiscal integral, en donde podremos tratar de éstos temas y verificar si este régimen tributario es el ideal para tu negocio.
Saludos...
Fuentes.
www.sat.gob.mx
Normatividad fiscal vigente.
A continuación hago un resumen de forma general de estos contribuyentes:
Quienes pueden tributar en este régimen:
- Personas físicas (no sociedades ni asociaciones).
- Quienes tengan actividades empresariales, industriales, de transporte, ganaderas, agropecuarias, etc.
- Quienes en un año fiscal (Enero-diciembre) no tengan ingresos por mas $2,000,000.00
- Aquellos empresarios que no necesitan emitir facturas fiscales. Es decir solo entregan notas de venta al público en general.
Quienes no pueden tributar en este régimen:
- Personas Morales, sean sociedades, asociaciones etc.
- Quienes en un año fiscal obtengan ingresos mayores a $2,000,000.00
- Aquellos que le venden al gobierno o empresas que solicitan una factura fiscal.
- Quienes obtengan ingresos por comisión, mediación, agencia, representación, correduría, asignación, o por espectáculos públicos.
- Quienes vendan mercancía de procedencia extranjera en un porcentaje mayor al 30%
- Aquellos que presten servicios profesionales independientes, tales como doctores, abogados, arquitectos, etc.
- Aquellos que hayan emigrado a otros regímenes fiscales.
Ventajas:
- No calculan impuestos.
- La declaración se baja directo del portal de la Secretaría de Hacienda del Estado con el llenado incluido.
- No hay que comprar formatos fiscales como anteriormente se hacía.
- Las declaraciones son bimestrales.
- No necesitan registrar sus ventas diarias.
- No emiten facturas fiscales.
- Los trámites se hacen en finanzas del estado, no en el SAT.
- Pueden manejar la terminal de punto de venta.
- Les pueden depositar sus ventas mediante transferencias electrónicas.
- No presentan declaración anual a menos que así se los requiera el SAT.
- No están obligados a entregar notas de ventas por ventas menores a $100.00
- Ventajas adicionales para quienes se adhieran al programa federal "Talleres Familiares".
Desventajas.
- No pueden tener saldos a favor de impuestos, compensarlos o pedir devoluciones de éstos.
- Si les retienen el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) no lo pueden acreditar ni compensar con otros impuestos.
- No pueden deducir los gastos realizados por su actividad.
- Tienen limitados sus ingresos al año para poder seguir en el régimen.
- Pierden mercado al no poder emitir facturas.
- No tienen días adicionales para su pago de impuestos.
- Siempre hay pago de impuestos.
- Si se sale de este régimen ya no se regresa jamás.
Obligaciones.
- Inscribirse en el Registro federal de Contribuyentes (RFC)
- Pago de los impuestos federales ISR, IETU e IVA.
- Licencia de funcionamiento estatal (vigencia anual).
- Licencia de funcionamiento municipal (vigencia anual).
- Presentar avisos por algún cambio de actividad o domicilio en los plazos previstos.
- Presentar avisos de aumento o disminución de obligaciones en los plazos previstos.
- Solicitar y conservar facturas por las compras de bienes nuevos que usen en su negocio, cuando el monto sea superior a $2,000.00
- En el caso de que existan empleados, cumplir con las obligaciones federales y estatales respectivas.
- Generar carta responsiva para la determinación de la cuota fija.
Tabla de cuota fija.
- Por cuestiones de formato no pude anexar la tabla pero la pueden consultar en la liga que anexo, sin embargo la cuota mínima para el estado de Quintana Roo es de $357 pesos para ingresos de hasta $12,500.00 bimestrales en promedio.
- También la puede solicitar al correo que aparece y con gusto se las enviamos.
Fechas de pago.
Bimestre
|
Fecha de Pago
|
Enero - Febrero
|
17 de Marzo
|
Marzo - Abril
|
17 de Mayo
|
Mayo - Junio
|
17 de Julio
|
Julio - Agosto
|
17 de Septiembre
|
Septiembre - Octubre
|
17 de Noviembre
|
Noviembre - Diciembre
|
17 de Enero sig. año.
|
Recomendaciones.
- Acércate a las instituciones que brindan un servicio gratuito para emprendedores, tales como la Secretaría de Economía o la Secretaría de Desarrollo Económico y aprovecha los beneficios fiscales y económicos de sus programas.
- Realiza tus presupuestos de ingresos y egresos. Esta práctica te permitirá conocer tus debilidades y podrás tomar decisiones preventivas.
- Paga tus impuestos. Si realmente deseas que tu negocio sea próspero cumple con todas tus obligaciones fiscales, de lo contrario, tarde o temprano tu establecimiento asumirá el costo del error.
En resumen este régimen fiscal es relativamente accesible y con muchas facilidades. Te recomendamos lector, llamarnos para proporcionarte una asesoría legal y fiscal integral, en donde podremos tratar de éstos temas y verificar si este régimen tributario es el ideal para tu negocio.
Saludos...
Fuentes.
www.sat.gob.mx
Normatividad fiscal vigente.
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CP. Roberto Baeza M.
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jueves, 13 de diciembre de 2012
Para poder acceder directamente al portal, la dirección es: http://roberbaeza.blogspot.mx/
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Roberto Baeza M.
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Roberto Baeza M.
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Estimados clientes, compañeros y amigos:
Les comparto este espacio para poder compartirles una mayor información en general acerca de las cuestiones contables, fiscales y demás temas de interés.
Asimismo si alguien está interesado en algun tema, con gusto lo puede compartir o solicitarlo y con gusto lo estudiamos.
En espera de que sea de su interés...
C.P. Roberto Baeza Martínez.
Les comparto este espacio para poder compartirles una mayor información en general acerca de las cuestiones contables, fiscales y demás temas de interés.
Asimismo si alguien está interesado en algun tema, con gusto lo puede compartir o solicitarlo y con gusto lo estudiamos.
En espera de que sea de su interés...
C.P. Roberto Baeza Martínez.
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